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Avise cuando se mude


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El trámite para notificar un cambio de dirección se hace por medio del Formulario AR-11 y puede enviarse vía internet.


La ley obliga a registrar la dirección

Jorge Cancino, Univision.com

MIAMI - 'Maria76' quiere cambiar de domicilio y tiene un trámite pendiente, 'deyaboricua' perdió su tarjeta verde, los padres de 'carina7' no pueden entrar a Estados Unidos y 'model18' se enamoró del abogado. Todos ellos tienen algo en común: participaron en el Chat de Inmigración de Univision.com con el abogado Jorge Rivera.
Residencia condicionada
La usuaria identificada como 'maria76' preguntó: "Según he sido notificada, 90 días antes de cumplirse el segundo aniversario como residente condicional debo enviar al servicio de inmigración el paquete de pruebas que afirman que estoy casada con mi esposo (fotos, contrato de renta, etcétera), junto al Formulario I-751. Mi pregunta es: Después de que lo envíe, ¿volverán a citarme o simplemente recibiré la tarjeta de residencia permanente (green card o tarjeta verde) por correo? Estoy planeando mudarme de estado el mes próximo, desde New Jersey a la Florida. ¿Esto puede demorar el proceso? Muchas gracias".

El abogado Rivera respondió: "Bueno, el tener una cita en su caso para que le pregunten acerca de su matrimonio, depende de qué tantas pruebas envíe con su solicitud (Formulario I-751). El servicio de inmigración puede aprobarla por correo o puede tomar la decisión de entrevistarla para verificar su matrimonio, pero no hay ningún problema si se tiene que mover o cambiar de domicilio y de estado. Cuando lo haga, envíe o notifique a la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS) su nueva dirección por medio del Formulario AR-11, el que también lo puede llenar y enviar por internet. Tiene un plazo de 10 días una vez que establezca su nueva dirección".


Haga clic aquí e ingrese la información que le solicitan. Ellos se comunicarán con usted a través del correo electrónico. También puede llamar gratis al servicio de referencia, número 1(800) 954-0254.

Perdió la green card

La usuaria identificada como 'deyaboricua' preguntó: "Me robaron mi tarjeta de residencia permanente (green card o tarjeta verde). Pensé que era preferible solicitad la Ciudadanía en vez de pedir otra green card. Recibí una carta del servicio de inmigración donde me dicen que debo presentar mi green card cuando vaya a la entrevista de la ciudadanía. ¿Qué me recomienda hacer? Gracias".

El abogado Rivera respondió: "La mejor recomendación es reemplazar la tarjeta de residencia lo más pronto posible para no tener ningún problema en la entrevista con el servicio de inmigración. Y aunque no le llegue la tarjeta a tiempo, cuando se vaya a tomar las fotos y huellas digitales con inmigración le puede pedir al agente que la atienda que le de un sello provisional de que usted es residente permanente en su pasa
porte, para mostrarlo en la entrevista de la ciudadanía".

Nota del editor:
Aquí encuentra las direcciones para trámites que usted puede hacer vía Internet con el servicio de inmigración de Estados Unidos, entre ellas solicitar una copia de su tarjeta de residencia legal permanente.

La ley del castigo


La usuaria identificada como 'carina7' preguntó: "Mi hermana es ciudadana americana. Mis padres entraron ilegalmente a Estados Unidos en 1982. Los deportaron en el mes de noviembre de 1996. Desde entonces, ellos no han entrado. Ellos actualmente viven en Honduras. Mi hermana presentó una solicitud de residencia para ellos el año pasado, pero la gestión fue negada cuando ellos fueron a la cita el 29 de julio del 2008, en la embajada de Estados Unidos en Tegucigalpa. Los funcionarios de la embajada dijeron que ellos, mis padres, tenían bloqueada la entrada a Estados Unidos. Yo quisiera saber por qué motivo se las negaron si ellos no han cometido ningún delito en Estados Unidos y ya cumplieron su castigo de estar 10 años fuera del país".

El abogado Rivera respondió: "La mejor alternativa es contratar un abogado en Honduras para que vaya a la embajada de Estados Unidos a pedir una explicación. Estoy de acuerdo con usted que si ellos ya cumplieron el castigo fuera del país después de la deportación, no debería de haber ningún impedimento para que ellos puedan obtener la residencia. La mejor forma de resolver eso es personalmente en la embajada americana en su país. Busque un abogado que se encargue de cosas consulares y que la pueda acompañar al consulado".

Nota del editor:
La Ley del Castigo fue aprobada por el Congreso en 1996.

La legislación establece que si un extranjero permanece ilegalmente en Estados Unidos por más de 180 días, debe esperar fuera del territorio por tres años, y si la estadía indocumentada supera los 365 días, el castigo sube a 10 años.

Una vez que el castigo se cumpla, el extranjero debe iniciar un proceso consular para pedir perdón. Si el perdón es concedido, puede que reciba un permiso para volver a Estados Unidos. Si regresa durante el castigo y es detenido, puede ser deportado de por vida.

Usuaria enamorada

La usuaria identificada como 'model18' preguntó: "Jorgito, ¿qué hago si estoy enamorada de un abogado? ¿Estoy autorizada para conocerlo en persona o es imposible?"

El abogado Rivera respondió: "Sí está autorizada a conocerme mi persona. Y le voy a dar el secreto de cómo lo puede hacer. Le voy a recomendar que llame al programa de Sábado Gigante para reservar sus tiquetes y poder venir en persona al los estudios de grabación en Miami. Y como hago el segmento de inmigración todos los sábados, ahí nos podemos conocer personalmente. Y de verdad que seria un gran gusto para mi poder saludarla, porque todavía estoy soltero y sin compromiso".

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